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Preguntas frecuentes: medidas en el Aeropuerto de Guayaquil por la pandemia COVID-19

Protocolos: Vuelos

Las autoridades del Gobierno de Ecuador no tienen ningún requerimiento para los pasajeros que salen del país. Sin embargo, usted deberá acatar las indicaciones que le brinde su aerolínea respecto a lo que soliciten desde el momento de realizar su check-in, previo a tomar el vuelo hacia su país de destino.

También ponemos a su disposición el enlace de SHERPA, una herramienta interactiva que permite conocer las restricciones de viaje vigentes, de acuerdo a cada país. Puede acceder dando click aquí.

A partir del 20 de Octubre del 2022, el Ecuador ya no requiere que pasajeros que entren al país presenten certificados de vacunación para COVID-19, ni resultados negativos de una prueba para la misma enfermedad.

Todo pasajero que viaja hacia el Ecuador necesita presentar de manera obligatoria el "Formulario de Declaración de Salud del Viajero", el mismo que debe ser llenado digitalmente en https://declaracionsalud-viajero.msp.gob.ec/ y presentado a la aerolínea única y obligatoriamente previo al embarque.

Al momento las restricciones se mantendrán vigentes mientras las autoridades gubernamentales lo determinen.

Al momento no existen restricciones de prueba COVID para viajes domésticos entre Guayaquil y Quito. Los protocolos de bioseguridad establecidos para el Aeropuerto de Guayaquil se mantienen vigentes.

Para normativas de vuelos hacia las islas Galápagos, revise la sección correspondiente más adelante en esta página.

De acuerdo a las normas internacionales un pasajero puede llevar , dentro de una funda de plástico, envases de hasta 100 ml. (3.4 oz.) que en total no excedan el litro. Sin embargo, debido a la pandemia y la necesidad de portar alcohol para desinfectar manos y superficies, este límite se ha subido temporalmente a frascos de 250 ml. (8.45 oz.).

Vuelos hacia Galápagos

  • A partir del 20 de Octubre del 2022, el Ecuador ya no requiere que pasajeros que entren a las Islas Galápagos presenten certificados de vacunación para COVID-19, ni resultados negativos de una prueba para la misma enfermedad.
  • Tarjeta de control de tránsito emitida por el Consejo de Gobierno del Régimen Especial de Galápagos.
  • En el caso de residentes permanentes, temporales y transeuntes, se debe cumplir con los requisitos obligatorios para la calificación migratoria correspondiente en las Islas Galápagos. También deben presentar el Formulario de Vigilancia Epidemiológica, emitido por la Autoridad de Salud, al momento de llegar a los aeropuertos de la provincia de Galápagos: Descargar. Importante: si viaja por motivos laborales, deberá adquirir la calidad de Residente Temporal o Transeúnte, dicha documentación puede ser gestionada únicamente desde Galápagos, por el empleador.

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